
El Gobierno estableció el Bono de Protección Familiar por Emergencia por la presencia del COVID-19 (fase 4).
De acuerdo con el Decreto Ejecutivo n.º1279, consiste en una transferencia monetaria única de $ 120 que podrá ser cobrada en hasta sesenta días.
Según el Ejecutivo, se lo establece con la finalidad de apoyar económicamente a núcleos familiares y personas que estén en riesgo de situarse en niveles de pobreza o extrema pobreza debido a la afectación de las actividades económicas por el coronavirus.
Podrán acceder al bono aquellos núcleos familiares y personas sin relación de dependencia, afiliados al Seguro Social Campesino y afiliados al Trabajo No Remunerado del Hogar, a excepción de aquellas personas que cuenten con seguridad social contributiva.
No podrán acceder aquellas personas que fueron beneficiarias o realizaron el cobro del Bono de Protección Familiar fases 1, 2, 3 y cobertura en apoyo a Galápagos o del Bono de Apoyo Nutricional, otorgados por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
Esa secretaría de Estado hará el pago del bono, entidad que deberá determinar los requisitos y procedimientos para la entrega.
Consulte si usted es beneficiario del bono

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